El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció la medida a través de su cuenta en la red social X, detallando que, a partir de este viernes, los comercios podrán mostrar los precios tanto en moneda extranjera como en pesos, siempre indicando el monto total que debe abonar el consumidor. Además, la resolución establece que los establecimientos deben señalar el precio por unidad de medida y asegurar que el precio visible en góndola coincida con el que se cobra en caja.
Fuentes de la Secretaría de Comercio aclararon que la nueva normativa no exige un tipo de cambio específico para los comerciantes, quienes tendrán la libertad de decidir si exhiben precios solo en pesos o también en dólares u otras monedas. El consumidor podrá elegir en qué moneda le resulta más conveniente realizar la compra.
Esta medida modifica la resolución 7/2002 de la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, que hasta ahora permitía exhibir precios en moneda extranjera, pero en un formato menos destacado que los precios en pesos, de manera que el precio en otra moneda no fuera fácilmente visible. La normativa de 2002 especificaba que, en estos casos, el precio en moneda extranjera debía mostrarse en caracteres más pequeños que el precio en pesos.
La decisión fue anunciada el mismo día en que el Banco Central precisó detalles sobre el esquema de pagos bimonetarios, estableciendo que la opción de pagar en pesos o dólares con tarjetas de débito estará disponible antes de fin de febrero, y que a partir del 1° de abril se implementará para los pagos con código QR.
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) valoró de manera positiva las recientes modificaciones al sistema de exhibición de precios que, mediante la Resolución 4/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio, dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, actualiza la normativa existente. Además, se le permite al comerciante pyme el cobro de un producto en moneda extranjera.
En la resolución se establece que ahora los precios de bienes y servicios podrán exhibirse en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras, además de pesos argentinos. En todos los casos el comercio deberá indicar el importe total y final que tendrá que abonar el consumidor.
A su vez, cabe destacar que la normativa resalta la necesidad de que los precios se muestren en forma clara, visible y legible, a la vista y al alcance de los consumidores, y que a partir del 1 de abril de 2025 será obligatorio incluir la leyenda “Precio sin impuestos nacionales” junto con el importe neto sin IVA ni otros impuestos nacionales indirectos, en menor tamaño que el precio final.
CAME considera que a partir de esta decisión se busca dinamizar al comercio y garantizar la transparencia en la información brindada a los consumidores. Estas medidas no sólo modernizan un esquema vigente desde 2002, sino que también otorgan mayores herramientas para competir y adaptarse a las nuevas dinámicas comerciales.