Cambios en impuestos a las ganancias y bienes personales

(Por Elena Alonso) Es importante estar informados de todas las medidas y herramientas que afectan a nuestro bolsillo. Por eso en esta nota, te contamos  el cambio es respecto a los impuestos a las ganancias y bienes personales.

Esta semana se dio a conocer la reglamentación de la AFIP que incluye gastos en los impuestos a las ganancias y bienes personales. Ahora los trabajadores que perciban menos de 150.000 pesos brutos quedarán fuera de la retención del mismo y lo que ha sido retenido se les devolverá en 5 cuotas iguales y consecutivas a partir de julio de este año.


Con esta medida el gobierno busca que solo 1 de cada 10 trabajadores quede alcanzado por este tributo y permite que más de 1.200.000 de personas accedan a los beneficios de la Ley 27.617 a partir de los salarios de junio. Por otro lado, también se excluye del cálculo del impuesto el medio aguinaldo.


La normativa de la AFIP permite que el impuesto sólo alcance a las personas con salarios mensuales superiores a 150 mil pesos brutos o aquellas jubilaciones que superen los 8 haberes mínimos. Al mismo tiempo, la medida permite que cerca de 200 mil personas con remuneraciones mensuales de entre 150 mil y 173 mil pesos brutos afronten una menor carga tributaria.


Por último, la AFIP incrementa el mínimo de ingresos y rentas a 2.500.000 pesos a partir del cual los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa patrimonial para los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para el periodo 2020.

La nueva fecha límite de presentación de DDJJ de Bs personales y ganancias del periodo 2020 pasó a ser el 31 de julio de este año.