Impuesto a las Ganancias 2021: quiénes pagan y cuánto deben abonar con la actualización de las escalas

(Por Redacción El Cronista)  Desde hoy, los asalariados solteros que en 2020 tenían un MNI de $ 55.261, pasarán a uno de $ 74.810, mientras que para las personas casadas con dos hijos a cargo, el salario más bajo alcanzado por el impuesto dejará de ser $ 73.103 para ser $ 98.966. Cuánto se paga según el ingreso.

Ya rige el nuevo mínimo no imponible (MNI) para el Impuesto a las Ganancias. Tal como anticipó El Cronistael “piso” aumentó 35,38% respecto al período fiscal de 2020, atendiendo a la la suba anual del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

La actualización, que es automática desde la Reforma Tributaria del año 2017, alcanza a determinadas deducciones y a las escalas que se aplican a las personas humanas y sucesiones indivisas respecto del mencionado impuesto.

Así, desde hoy los asalariados solteros pasan de un MNI de $ 55.261 a uno de $74.810. En tanto, en el caso de las personas casadas con dos hijos a cargo, la remuneración más baja alcanzada por Ganancias pasará de $ 73.103 a $ 98.966.

Los montos, vale aclararlo, corresponden a valores de bolsillo, es decir, incluyen el proporcional del aguinaldo y son netos de los aportes a la seguridad social.

El mecanismo de actualización arrastra numerosas críticas que resaltan que debería tomar como parámetro la inflación en lugar del  variación salarial.

"En nuestra opinión, ese coeficiente de actualización no es el adecuado sino que se debería tomar la variación de la inflación que es la que refleja la pérdida del poder adquisitivo de la moneda y resulta el más adecuado para actualizar las deducciones y escalas", evaluó el tributarista Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios.

En esa línea, consideró necesaria una reforma de la ley de Ganancias. "Debería contemplar la actualización por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Indec, correspondiente al mes de diciembre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior", precisó.

La demostración de esta distorsión es que para Período Fiscal 2021, la variación del RIPTE fue del 35,38% siendo que la variación interanual del IPC fue del 37,2%.

Concretada la actualización, los valores que deberán tributar los empleados en relación de dependencia (no aplica para jubilados y empleados que trabajan en zonas desfavorables) a partir de este mes son los siguientes:

Empleado soltero sin hijos

Empleado casado con dos hijos

Empleado soltero con dos hijos o casado con dos hijos sin deducir cónyuge

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