Desde diciembre está en vigencia en todo el país la Resolución Nº 446/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio, que actualiza las reglas para la publicidad de ofertas de bienes y servicios bajo la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y busca que los mensajes sean más claros y accesibles para los usuarios. La norma fue publicada en el Boletín Oficial el 3 de noviembre de 2025.
La nueva regulación requiere que toda publicidad que anuncie una oferta permita al consumidor acceder fácilmente a información clave, como la vigencia de la oferta, quién es el proveedor y las condiciones de venta, incluyendo posibles límites de stock. Esa información no siempre debe estar en el aviso en sí, pero sí debe estar disponible en un sitio web o a través de una línea telefónica gratuita claramente indicada en el anuncio.
Una de las novedades es que las publicidades deben mostrar de forma visible el precio final y el precio sin impuestos nacionales. Detalles como financiamiento, cantidad de cuotas o costo financiero total pueden consignarse en el sitio o canal alternativo informado.
En Mendoza, referentes del sector minorista señalan que la normativa llega en un contexto de mayor digitalización de promociones y comparadores de precios. “Como supermercado buscamos transparencia y confianza para nuestros clientes en cada oferta que comunicamos. Esta regulación ayuda a que los consumidores puedan verificar términos sin ambigüedad antes de comprar”, afirmó un vocero de una cadena con operaciones en la provincia, en referencia a la necesidad de acompañar las promociones con información clara y accesible.
De forma similar, desde otra cadena minorista nacional con presencia en el Gran Mendoza, destacaron que “la regulación refuerza las buenas prácticas comerciales y alienta a mejorar la experiencia del cliente, sobre todo en canales digitales donde las ofertas pueden ser numerosas y complejas de interpretar”.
La resolución también incorpora reglas para promociones con premios, reventa de entradas y publicidad de juegos y apuestas en línea, con advertencias obligatorias que deben estar visibles durante todo el anuncio. Por ejemplo, los anuncios de apuestas deben incluir las leyendas “EL JUGAR COMPULSIVAMENTE ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD” y “+18”.
En el caso de la reventa de entradas, los sitios deben identificarse claramente como tales, para evitar confusiones con ventas oficiales y proteger al consumidor.
Desde la Dirección de Defensa del Consumidor, organismo que difunde la normativa a nivel provincial, se remarca que estas nuevas reglas “fortalecen el derecho a la información del consumidor y ayudan a que las decisiones de compra sean más informadas y seguras”, e instan a que los usuarios consulten siempre los canales alternativos indicados en los avisos para conocer todas las condiciones aplicables.
También se recuerda que la publicidad forma parte del contrato de consumo y que, ante incumplimientos de las condiciones publicitadas, los consumidores pueden realizar reclamos ante el organismo correspondiente para que se verifiquen posibles infracciones, en línea con las herramientas legales disponibles.
Para consumidores, las nuevas exigencias buscan reducir ambigüedades y asegurar que las promociones contengan los datos esenciales para comparar precios y condiciones antes de comprar. Para los comercios, implica adaptar sus estrategias de publicidad, especialmente en plataformas digitales, para cumplir con los requisitos de visibilidad y transparencia sin sobrecargar los mensajes.
En un contexto en el que las decisiones de compra cada vez se toman con más apoyo en medios digitales, esta normativa pretende equiparar criterios de claridad informativa en todos los formatos de difusión, desde medios gráficos y radiales hasta redes sociales y aplicaciones