Dólar: importadores de autos, motos y whisky sólo podrán comprar divisa para pagarlos un año después de traerlos al país

(Por Ariel Cohen y Tomás Carrió/El Cronista) Para frenar la sangría de reservas, la autoridad monetaria limitó el acceso al mercado del dólar a los compradores de un listado de 70 productos. Son u$s 300 millones de bienes finales y u$s 25 millones de suntuarios.

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El Banco Central se mostró decidido desde el arranque del año a dar un paso más en defensa de las reservas y dispuso restricciones de acceso al mercado del dólar para la importación de bienes suntuarios. 

Para preservar la salida de u$s 325 millones, restringió por un año el acceso al mercado para la importación de algunos bienes finales y de bienes de lujo.

Con la medida se apunta a obstaculizar la salida de divisas por u$s 25 millones en el caso de los bienes suntuarios y de u$s 300 millones de otros bienes finales.

Entre los bienes finales se encuentran electrodomésticos de línea blanca y otros productos que tienen producción nacional.

La autoridad monetaria determinó que quienes importan “bienes suntuarios” recién podrán acceder al mercado de cambios un año después del despacho a plaza para pagar el producto.

Los que compran un conjunto de bienes de capital podrán hacerlo a partir de los 90 días del despacho a plaza, informó la entidad.

La medida impacta para los embarques que se produzcan a partir de mañana, 7 de enero.

“Esta medida llega en un contexto en el que la brecha sigue siendo muy elevada, el balance del BCRA sigue muy deteriorado, con un nivel de pasivos en pesos que se incrementó significativamente en el último año, y las reservas netas permanecen en niveles muy bajos” (Vauthier).

Según informaron fuentes de la entidad, se establecerán "nuevas condiciones para acceder al mercado de cambio a los importadores de artículos suntuarios y de un conjunto reducido de bienes finales". 

"La medida alcanza a productos suntuarios como automóviles y motos de alta gama; jets privados con valor superior al millón de dólares; embarcaciones de uso recreativo; bebidas como champagne, whisky, licores y demás espirituosas con un precio superior a u$s 50 dólares el litro; caviar; perlas, diamantes y otras piedras preciosas, entre otros productos", explicó el Central.

"Los importadores van a tener que conseguir ese financiamiento por un año. No pueden acceder al contado con liquidación para pagar. Tienen que esperar ese año o pagar con financiamiento del exterior, el cual pueden repagar al año", indicaron.

En los casos de una "motos de alta gama, o un auto o un avión, el acceso al mercado oficial se tiene recién al año para pagar".

El Central, también elaboró una "lista muy selectiva de productos de bienes finales" en los también reducirá a 90 días el tiempo para poder acceder al mercado oficial, pero que aún no fue dada a conocer.

"En ningún caso las empresas que importan pueden ir a buscar dólares financieros, porque si lo hacen no pueden volver al mercado oficial", aclararon.

“Esta medida llega en un contexto en el que la brecha sigue siendo muy elevada, el balance del BCRA sigue muy deteriorado, con un nivel de pasivos en pesos que se incrementó significativamente en el último año, y las reservas netas permanecen en niveles muy bajos”, diagnosticó Martín Vauthier, economista de Eco Go.

Reestructuración de deuda privada

En sentido contrario, el BCRA también decidió ayer que flexibilizará sus normas para las reestructuraciones de deuda corporativa.

Según precisó la entidad, los fondos originados en el cobro de exportaciones podrán ser acumulados en cuentas del exterior o el país destinadas a garantizar la cancelación de los vencimientos de la deuda concertada a partir de enero de 2021.

Como se recordará, en mayo pasado, el Central, al disponer la comunicación A 7030 fijó que las empresas con deudas de más de u$s 1 millón antes del fin de 2020 debían reprogramarlas para pagar a partir de marzo de este año. Sólo podían acceder al MULC para pagar el 40% de los compromisos.

Ahora, el BCRA busca favorecer el canje o la financiación de pasivos del sector privado con el exterior.

La semana pasada también autorizó el pago de bienes de capital con destino a incrementar la capacidad exportadora con prefinanciaciones o adelantos de compras en el exterior, pero dentro de un mínimo de 180 días después de haberlos logrado.

Registros

Por otra parte, la autoridad monetaria decidió que las cien principales empresas que operan en comercio exterior deberán inscribirse en un Registro de Información para así “simplificar el cumplimiento de la normativa cambiaria”.

La medida fue anunciada este miércoles a través de un comunicado, que precisó que en una primera instancia la inscripción será “obligatoria”.

Según indicó la entidad, la creación del Registro de Información Cambiaria de Exportadores e Importadores de Bienes “surgió del diálogo entablado con las principales cámaras empresarias para mejorar los controles reduciendo instancias burocráticas”.

Las empresas, entonces, deberán inscribirse en el Registro a través de la página web de la AFIP, y allí detallarán las operaciones de compra y liquidación de divisas.

El Registro, argumentó el BCRA, servirá como una instancia de resolución previa a la conformación de un sumario por infracción a la Ley Penal Cambiaria, en la medida de que surjan diferencias entre las declaraciones y las estadísticas del Banco Central.

Respecto de las medidas de registro, Vauthier dijo que "el principal objetivo es regulatorio”.

“Creo que es un medida que va en el sentido de mantener las regulaciones sobre el comercio exterior, de tratar de generar que los exportadores liquiden los dólares”, completó.

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