En qué consiste el proyecto para crear un programa que busca prevenir y concientizar sobre el grooming

(Por Viviana Garcia Sotelo) Uno de cada tres menores de edad sufrió una situación incómoda en internet, esto según una encuesta realizada en el 2018 por DigiPadres y Argentina CiberSegura.


 

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La Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) presidida por el Senador Marcelo Rubio, avanzó con un despacho en conjunto de los proyectos que analizan la problemática del grooming. De esta manera en la próxima sesión de la Cámara de Senadores se tratará el proyecto que propone crear el “Programa Provincial para la Prevención, Concientización, Abordaje y Erradicación del Grooming y Ciberacoso de los Niños, Niñas y Adolescentes” y la iniciativa que declara al 13 de noviembre como el “Día de Lucha Contra el Grooming”, esta fecha es significativa ya que ese día del año 2013, se sancionó la ley nacional N° 26.904 en donde se incorpora en el Código Penal el delito del grooming.

Por otro lado también se modificará la ley 9132, vigente desde 2018, en la cual se establece “Garantizar la Concientización, Prevención y Erradicación del Grooming”, “Ciberacoso o Ciberbullying”. 

Es importante tener en cuenta que el Programa que se creará a partir de esta ley, se fundamenta en que el grooming es el acoso sexual virtual a niños, niñas y adolescentes y está tipificado en el artículo 131 del Código Penal. 


¿En qué se basa esta iniciativa?

En una encuesta realizada en el 2018 por DigiPadres y Argentina CiberSegura, en donde indica que:

•    El 60% de los menores de edad recibió una solicitud de contacto por parte de desconocidos 

•     1 DE CADA 3 NIÑOS ha sufrido una situación incómoda en Internet;

•     1 DE CADA 2 NIÑOS conoce al menos un amigo que sufrió una situación incómoda en Internet; 

•     37% dijo que sus padres no están al tanto de los perfiles que tienen en redes sociales.

¿Quién se hará cargo de llevar adelante las políticas públicas del programa?

La Dirección de Juventudes dependiente del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes o quien en el futuro lo reemplace el organismo encargado de llevar adelante las políticas públicas contenidas en el programa. 

¿El Estado está trabajando en políticas contra este delito?

Sí, la Dirección de Juventudes ya viene trabajando en la temática. Por ejemplo, ha llevado adelante la campaña “Paremos el grooming”, que hace foco en explicar cómo se produce este delito y en la necesidad de conocerlo para poder prevenirlo, así como los medios para realizar denuncias. A su vez, ha realizado diferentes talleres de prevención durante el tercer tiempo de eventos deportivos con adolescentes y jóvenes, y también promueve el uso de la línea telefónica 137, un canal de comunicación directo ante una situación concreta o sospechosa de grooming.

¿Qué es el grooming?

 Es una acción deliberada de un adulto, sea hombre o mujer, que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacte a un niño, niña o adolescente con el propósito de establecer alguna conexión emocional con fines sexuales.

¿Qué es el Ciberacoso o Ciberbullying?

Se trata de un hostigamiento u acoso de cualquier tipo realizado contra otra persona, a través de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, con el objetivo de atacar al destinatario del acoso en su moral, honor, libertad, intimidad, integridad física o sexual.


¿Qué funciones realizará la autoridad de aplicación?

a) Generar conciencia sobre el uso responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicación, 

b) Garantizar la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes frente al grooming y otros riesgos inherentes a la utilización de Internet.

c) Capacitar a la comunidad educativa en el nivel inicial, primario y secundario de gestión pública y privada a los fines de concientizar sobre la problemática.

d) Confeccionar un protocolo para guiar a la población destinataria de este Programa sobre las nuevas modalidades de acoso y violencia escolar, indicando los pasos a seguir en caso de detectar posibles situaciones de grooming y ciberacoso.

e) Organizar espacios de reflexión y debate en establecimientos educativos de gestión pública y privada y cualquier otro ámbito que reúna a niñas, niños y adolescentes y a sus familias con el objeto de brindar herramientas mediante talleres, seminarios y clases especiales orientadas a la concientización y conocimiento del uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, y de la prevención y cuidado frente al grooming y ciberacoso.

f) Brindar información acerca de la forma en que deben denunciarse estos delitos, en coordinación con el Ministerio Publico Fiscal.

g) Difundir los sitios web de los distintos organismos del Estado que promocionan el adecuado uso de las redes sociales.

h) Diseñar y desarrollar campañas de difusión a través de los medios de comunicación adecuados, con la finalidad de informar y sensibilizar a la comunidad, especialmente a quienes intervienen en la formación y cuidado de los niños, niñas y adolescentes, acerca del modo de actuar en caso de detectar una posible situación contemplada en este Programa.

i) Celebrar convenios con organismos estatales y no estatales que contribuyan al logro de los objetivos de este Programa.

j) Coordinar acciones interdisciplinarias que permita un abordaje integral de la temática.

¿Cómo deberán ser las campañas de difusión?

Deberán priorizarse la inclusión de los siguientes ejes:

a) Peligrosidad de sobreexposición en las redes de niñas, niños y adolescentes.

b) Información acerca de la existencia de delitos cibernéticos haciendo especial énfasis en los de carácter sexual que atentan a la integridad de niñas, niños y adolescentes.

c) Peligros existentes en internet relativos a mensajes e imágenes de tipo pornográfico.

d) Formas recomendadas de usar redes sociales (perfil privado, no compartir fotos, etc).

e) Derechos propios y de terceros/as.

f) Alternativas de acción en torno a Ciberseguridad, Cibercrimen y delitos informáticos.

g) Importancia de conservar todas las pruebas posibles en caso de haberse producido una situación de acoso.

Además la Autoridad de Aplicación podrá crear una página web específica y particular con información referida al Grooming, al ciberacoso y al uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, destinada a la población en general y a la comunidad educativa en particular, con el fin de proporcionar material de información, prevención y capacitación. 


¿Cuáles serán los contenidos mínimos de esta página?

1) Información que señale el desarrollo de la problemática en la Provincia de Mendoza como también información relativa a otras provincias y el país, promoviendo de esta manera el conocimiento de los mecanismos usados para cometer estos delitos. También herramientas que permitan a los adultos-tutores, padres/madres, educadores/as, poder prevenir e identificar situaciones peligrosas.

2) Filtro de contenidos: la página web contará con la posibilidad de descargar, de manera fácil y gratuita un filtro de contenidos que, con el fin de que se disminuyan las posibilidades de que niños, niñas y adolescentes sufran cualquier acción contra su integridad sexual y/o psicológica.

3) Información sobre los medios para realizar denuncias y obtener asesoramiento legal para casos de delitos informáticos. Especialmente información sobre las líneas telefónicas y demás medios de comunicación gratuitos existentes sobre la temática.

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