La aprobación de la Ley Bases se convirtió en el segundo triunfo de Milei después de haber ganado las elecciones presidenciales en noviembre del año pasado. Con un resultado reñido y definió el resultado la vicepresidente Victoria Villarroel, a pesar de los disturbios ocasionados en las inmediaciones del Congreso.
La Ley Bases y el paquete fiscal ingresaron al recinto del Senado después de un mes y medio de tratativas y con ciertos puntos cedido por el oficialismo, se aprobó la el proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” que tenía media sanción de Diputados Esta es una versión reducida de la Ley ómnibus que contaba con 660 artículos y tras meses de negociaciones, se logra 232 artículos con 45 modificaciones: 29 en la Ley Bases y 16 en el paquete fiscal.
El Gobernador Alfredo Cornejo manifestó su congratulación con el logro presidencial a través de su cuenta X: “Celebro la aprobación en general de la Ley Bases, una herramienta clave para que el Gobierno Nacional implemente su plan de acción. Felicito a todos los legisladores de nuestro espacio político, especialmente a los mendocinos, por su trabajo para lograr este resultado positivo. Apoyamos el llamado del Presidente a unir fuerzas políticas, para que este cambio de rumbo económico sea sostenible a largo plazo”.
El primer artículo de esta Ley Bases declara la emergencia pública por un año en materia administrativa, económica, financiera y energética, por lo cual le da facultades especiales al presidente. Sin embargo, entre los puntos cedidos se encuentran las privatizaciones de 40 empresas estatales, quedando 8 sujetas a privatización total o parcial entre las que se encuentran: Aerolíneas Argentinas, Correo Argentino y la Radio y Televisión Argentina (Radio Nacional y Tv Pública entre otras 40 repetidoras)
También se eliminó el capítulo previsional y seguirá rigiendo la moratoria jubilatoria ya que fue retirado del texto la reconfiguración de las jubilaciones, por lo que los eventuales beneficiarios podrán jubilarse (como sucede hasta ahora) sin contar con 30 años de aportes.
Entre los puntos que más resuenan en la Ley Bases se encuentra el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), que ofrece incentivos fiscales, aduaneros y cambiarios durante 30 años, para atraer proyectos que superen los US$ 200 millones. Se trata de inversiones en rubros específicos entre ellos: industria, infraestructura, minería, energía y tecnología, turismo, petróleo y gas, y siderúrgica. Los proyectos que queden incluidos en el RIGI deberán asumir el compromiso de destinar, como mínimo el 20% del monto total de la inversión, a la contratación de proveedores nacionales siempre y cuando “la oferta se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad”. RIGI tiene como objetivos promover el desarrollo económico; desarrollar y fortalecer la competitividad de “ciertos sectores económicos”; incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios al exterior; así como también, generar empleo, entre otros ítems.
Entre los beneficios salientes para los proyectos que adhieran al régimen normativo, se encuentra la reducción del impuesto a las Ganancias del 35% al 25%, la devolución acelerada del IVA y retenciones cero para las exportaciones que surjan de estas inversiones.
Dos puntos destacables:
Cierre de organismos estatales: el Ejecutivo podrá cerrar todos los organismos públicos a excepción de unos 20 que solo serán reestructurados. Entre ellos se encuentran: el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET); la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán” (ANLIS); la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); el Instituto de la Propiedad Industrial (INPI); el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA); Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM); la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN); la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE); la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA); la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU); la Comisión Nacional de Valores (CNV); el Instituto Nacional Centro Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI); la Unidad de Información Financiera (UIF); el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA); el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI); el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG); la Administración de Parques Nacionales (APN); el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA); el Instituto Antártico Argentino (IAA); el Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas para la Defensa (CITEDEF); el Centro de Investigación Tecnológica de las Fuerzas Armadas (CITEFA); el Instituto Geográfico Nacional (IGN); el Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES); el Servicio de Hidrografía Nacional; el Servicio Meteorológico Nacional (SMN); el Instituto Nacional del Agua (INA); el Servicio Geológico-Minero Argentino (SEGEMAR); el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP); el Centro Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (CENARD); la Superintendencia de Seguros de la Nación; la Superintendencia de Riesgos del Trabajo; y la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación.
Reforma laboral: el oficialismo planteó la recuperación del empleo formal con una nueva normativa que permite a las empresas contratar a empleados por un periodo de prueba de seis meses, ampliable a ocho meses para compañías medianas y a un año para las que tengan menos de cinco empleados. Además, permite tener hasta cinco personas contratadas como colaboradores autónomos, es decir, sin relación de dependencia. La ley ofrece beneficios para los empleadores que regularicen a sus empleados, pero al mismo tiempo elimina las sanciones a aquellos que empleen a personas sin contrato, al suprimir las indemnizaciones especiales que obtienen hoy en la justicia. Por otro lado, los sindicatos estatales no podrán descontar parte del salario de los trabajadores que no estén afiliados o que no hayan expresado de forma explícita su acuerdo para que el gremio realice dicho descuento. También determina que a aquellos trabajadores que realicen una huelga se les descontará un proporcional por las horas no trabajadas, sin ningún tipo de sanción administrativa, y establece que aquellos funcionarios de órganos u organismos que sean eliminados serán pasados a disponibilidad por hasta 12 meses y que después serán desvinculados de la Administración Pública Nacional si no consiguen otro puesto.
El Paquete fiscal: el Senado también aprobó el paquete fiscal en general, el cual plantea cambios en el impuesto a las Ganancias, el monotributo, blanqueo de capitales, entre otros puntos.
Monotributo y otros beneficios incluidos en la ley: se eliminó la prórroga del monotributo social. Esta categoría buscaba promover la formalización de los sectores de menores ingresos, al permitirles pagar un costo mínimo de $3.200, quienes pasarían a ser la categoría mínima con $ 26.000. El escrito establece que las categorías del monotributo van de $ 6.450.000 a $ 68 millones, en relación a la facturación anual.
Otro de los puntos que se modificaría en relación al anterior proyecto, es que el límite de los alquileres para las categorías más bajas suba de $ 87.500 al mes a $ 125.000, dado que se adapta a los costos que mantienen hoy en día las locaciones. Mientras que el importe a pagar por alquileres y servicios sería de $ 26.600 a $ 867.084,75. Por otra parte, no se establecerán límites para las categorías más altas según la actividad realizada por el contribuyente. Es decir que los alquileres, por ejemplo, podrán inscribirse en categorías I, J o K.
Impuesto a las Ganancias para los trabajadores: la propuesta votada indicaba que el nuevo mínimo no imponible sería a partir de $1,8 millones brutos para solteros y $ 2.340.000 para casados con 2 hijos. Este mínimo, sin embargo, difiere del primer proyecto original, que estaba en el orden de $ 1,2 millones. La alícuota mínima que proponía era del 5% sobre la ganancia neta y se incrementaba hasta el 35% de acuerdo al nivel de ingresos. Prevé una actualización de las escalas a partir del 2025.
Blanqueo de capitales: con la nueva ley, las personas que realicen el blanqueo de hasta u$s100 mil no tendrán que pagar ninguna penalización por los bienes no declarados, mientras que quienes superen esa cifra pagarán, en una primera etapa (hasta el 30 de septiembre) una alícuota del 5% sobre el excedente declarado. En una segunda etapa, desde octubre a diciembre de 2024, se establece una alícuota del 10%, y en un tercer tramo, de enero a marzo de 2025, el gravamen por los bienes no declarados será del 15%.
Moratoria impositiva: el proyecto de ley también incorpora el denominado Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social Disposiciones Generales. Se trata de una moratoria dirigida a contribuyentes para regularizar deudas vencidas al 31 de marzo del 2024, quienes tendrán la posibilidad de regularizar su situación a través del pago al contado o en cuotas.
El proyecto establece que quienes ingresen dentro de los primeros 30 días de sancionada la ley tendrán una condonación del 70% de los intereses resarcitorios y punitorios. Esa exención va bajando a medida que se amplían los plazos de ingreso a la moratoria.
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